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Preocupación de las instaladoras de seguridad homologadas ante el nuevo Proyecto de Ley Omnibus
Miércoles, 26 de Agosto de 2009 09:01

Ley Omnibus - Seguridad privadaESPAÑA - Puede que la lucha de todos estos años contra el intrusismo profesional, en lo que a instalaciones de seguridad se refiere, no haya servido para nada. Y es que, tras la adaptación que supuso la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) en el tema de la videovigilancia, unas pocas líneas del nuevo Proyecto de Ley Ómnibus puede llevar al panorama legislativo de las instaladoras de sistemas de seguridad a un cambio radical.

Esas pocas líneas se acaban de elevar en el Consejo de Ministros para su aprobación y posterior remisión a las Cortes Generales dentro del nuevo Proyecto de Ley Omnibus, que pretende modificar 47 leyes vigentes de 9 sectores de trabajo diferentes, lo que implica una modificación o derogación de unos 116 artículos de las actuales leyes para la adaptación a la nueva Ley de libre acceso al sector de servicios, en el que está incluido la instalación de sistemas de seguridad. El origen de este proyecto de Ley tiene su origen en la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (Directiva de Servicios).


En este proyecto de ley, en el Artículo 14: Modificación de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se modifica la letra e) del artículo 5.1, que queda redactado como sigue:

«e) Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta.»
Dos. Se añade una disposición adicional sexta, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional sexta. Exclusión de las empresas relacionadas con equipos técnicos de seguridad. Las empresas y particulares que vendan, entreguen, instalen o mantengan equipos técnicos de seguridad, siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión con centrales de alarma, quedan excluidas de la legislación de seguridad privada siempre y cuando no se dediquen a ninguno de los otros fines definidos en el artículo 5, sin perjuicio de otras legislaciones específicas que pudieran resultarles de aplicación.»

De estas líneas se entiende que una empresa (o autónomo) que no esté debidamente constituida y registrada en la DGP como empresa de seguridad podría proceder a la instalación de sistemas de seguridad (alarmas, cámaras de videovigilancia, etc…) siempre que no estén conectadas a una central receptora de alarmas (CRA). No parece lógico, después de todos los trámites que conlleva establecerse como empresa de seguridad, además de formación y asesoramiento, ahora liberalicen el sector de esta forma, tras muchos años de lucha contra el intrusismo profesioan en este sector.

Por ahora, los instaladores de cámaras de videovigilancia podrán 'agarrarse' a la LOPD 15/1999, ya que el nuevo proyecto de ley, en su disposición adicional sexta, acaba con la aclaración de que todo esto será "sin perjuicio de otras legislaciones específicas que pudieran resultarles de aplicación”, dejando con validez las aplicaciones de Protección de Datos. En aplicación a esto, la AGPD (Agencia Española de Protección de Datos), dispone en la Instrucción 1/2006 de Videovigilancia, que las instalaciones de videovigilancia solo las podrán realizar las empresas de Seguridad Privada debidamente Homologadas por el Ministerio del Interior (DGP).

Esta modificación ha de estar transpuesta al ordenamiento jurídico Español, antes de finales de este año. Desde la publicación de la directiva, la mayoría de organismos afectados realizan gestiones en la materia. El texto del proyecto de Ley ya no coincide con el anteproyecto de ley que se presentó hace varios meses, habiéndose modificado. En la actualidad el proyecto de Ley esta en fase de estudio parlamentario y los Consejos han multiplicado sus gestiones en relación a los aspectos del proyecto que mas les preocupan.


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Comentarios (14)
  • Mário  - OMNIBUS - Seguridad Privada
    Me parece muy bien.
    La ley anterior castraba el consumidor en su libertad de se auto proteger con sistemas de seguridad más sencillos y económicos de acuerdo con sus reales necesidades de seguridad, o con su real capacidad económica.
    De acuerdo con la actual y injusta ley, el consumidor se quedaba limitado a optar solamente por alternativas echas por empresas de seguridad privada, que de forma general son siempre muy dispendiosas. En la actualidad, básicamente podremos encontrar solamente dos tipos de propuestas: (1) Bajo coste inicial (0€ / 100€ de nstalación) - alto coste mensual de mantenimiento / financiación / servicio 15€/mes / 50€/mes o la segunda alternativa (2) Alto coste inicial, 400 - 700€ de instalación y luego mensualidades de 15€/mes - 30€/mes.
    Un sistema de seguridad anti-intrusión tiene un precio de coste aproximado a 100€ (Central, batería, 3 detectores, sirena interior), que puede ser instalado sin dificultad y con calidad, por cualquier profesional acostumbrado a la instalación de equipamientos eléctrico -electrónicos.

    Será que habrá alguna persona con sentido de justicia que no entienda este tipo de cuestión?

    Este no es el mercado de una Compañía de Servicios de Seguridad Privada. Por muchas empresas intentaren entrometerse en este mercado, es que están a cargo de muchísimos casos de impago.
    Del punto de vista del consumidor con pocos recursos económicos (y es para estos que la Ley Omnibus intenta rectificar la justicia), es una excelente Ley, pues permite que empresas y profesionales de sectores com capacidad tecnica suficiente, pongan alternativas de seguridad en el mercado más accesibles, sin mensualidades, adaptadas a las reales necesidades de seguridad de muchos consumidores.
    No es toda la gente que necesita de estar conectado con una Central Receptora de Alarmas.
  • xaumet  - Baratija
    Es posible que en las tienda de todo a 1€ encuentres kis de 100€,pero hay que instalarlos y programarlos para que no den falsas alarmas.
  • Mário  - Gracias a todos por la participación. Algunos escl
    Homologación: 12000€ en la CGD en Dinero que se queda como garantía para posibles futuras sanciones + Contrato con Ingeniero Electro-técnico y Técnicos Instaladores + Adaptación de Instalaciones con equipos de seguridad pasiva y activa, Porta acorazada Rejas etc..... Llegarán 30 000,00 € para esto todo?
    Para allá de Castrar a los Consumidores, Castraba también a la Economía Española que impedía a muchísimos pequeños emprendedores de se iniciaren en esta actividad por sus propios medios (sin créditos (grifos cerrados) ni subvenciones que tanto cargan nuestra deuda para con la Comunidad Europea). Recuerdo a los estimados señores con muchísima experiencia en este sector qui ni siempre una gran empresa empieza con grandes inversiones. Existen muchísimos Técnicos, Comerciales... también con tanta o más experiencia que Ustedes que ahora tienen la Oportunidad en tiempos de Crisis de crearen su propio puesto de trabajo añadidos de más dos o tres empleos complementarios. O entienden que ya no es suficiente la inversión y el riesgo de crear empresas y empleo en el entorno económico actual?
    También no me gusta la competencia... Preferiría quedarme solo en el mercado. Pero lo que está aquí en causa es la Justicia, las Libertades y Garantías de los Ciudadanos Europeos, Valores que están arriba de cualquier interés económico, político o de cualquier especie.
    Con esto, no quiero decir que no se homologue Equipamientos, Instalaciones, Instaladores o Proyectos de Instalaciones de Seguridad Electrónica... Al Contrario, Al Revés... Estoy de acuerdo con todos las acciones de regularización de la calidad y profesionalidad de servicios prestados. Desde que estos no traigan clausulas discriminatorias en cualquier sentido. Mi Punto de Vista no es del genero reivindicativo aleatorio contra todo que sea Rico o Afortunado, Nada de eso. Apenas miro las circunstancias del punto del vista Particular para el General, y no solamente para el General. El Particular en esto caso era el más perjudicado, en función de una generalidad conformada con la Ley y Sin espíritu critico.
    En estos Años desde 1992, año de aprobación de la actual Ley de Seguridad Privada, cuantas Personas tuvieran que descartar la opción de la creación de una empresa instaladoras de sistemas de seguridad por las condiciones de homologación ser desproporcionadas con la realidad del mercado?
    Tengo casi 33 Años y estoy en la seguridad privada desde mis 18, casi mitad de mi vida en esto sector, tengo una perspectiva critica, pero responsable acerca de esta problemática.
    Y la prueba de esto está en la Aprobación de La Ley ómnibus en Diciembre de 1999 (Ley 25/1999)y si fue una Ley Polémica por otros casos, en respecto a la modificación de la Ley de Seguridad Privada, estuvieran de acuerdo la gran mayoría de los diputados de todos los partidos políticos.

    Hay que adaptarse a las nuevas Reglas y no Engañar a los lectores con Fantasmas de que la Ley se va a Cambiar de nuevo en poco tiempo. Eso es Mentira, pues iba de contra las Leyes Comunitarias Actuales.

    Un Atento Saludo a Todos.
  • El Angelito bueno de Mário
    No puedo estar más en desacuerdo el señor Mario, pero no en uno sino en casi todos los puntos que comenta. Tiene el punto de vista de David contra Goliat, del consumidor contra las grandes compañías de seguridad, olvidando que esta ley se va a cargar no a estas sino a las pequeñas instaladoras de sistemas que son las que ofrecen sistemas económicos sin conexiones a CRA; lo que el señor Mario demanda. Por algunos puntos:

    1º - La Ley no castra a nadie y mucho menos al consumidor. Controla quienes están autorizados a realizar instalaciones de sistemas de seguridad, para cumplir unos mínimos y no que cualquier 'manitas' instale lo que le da la gana, sin cumplir la ley y dando problemas de falsas alarmas. Existen estas homologaciones en muchos sectores como en incendio, en instalaciones eléctricas, en telecomunicaciones... y nadie va a liberar estos mercados.

    2º - Un sistema de 100 € es un sistema de 'pito', que lo único que va a ocasionar son asistencias injustificadas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado... recayendo las sanciones en el propio cliente.

    3º - Si tan profesionales son esos instaladores no homologados, que cree usted que le van a dar tan buen servicio si se cumple esta Ley... que se homologuen, que no cuesta tanto.

    4º - A la 'Ley Omnibus' no le preocupa los consumidores sin recursos. El lumbreras que usted menciona 'con sentido de justicia' es alguien al que le ha llegado una directiva europea desfasada y se ha visto obligado a redactar esta propuesta de Ley... no se confunda, no estaba pensando en que usted tenga un sistema de alarma barato sin pagar lo que valen.

    Lo dicho, infórmese señor Mario en las distintas empresas de seguridad de su zona, no solo las grandes compañías con sistemas estandar y negocio cuadriculado... y verá que le darán un sistema con un servicio acorde a sus necesidades. Existen sistemas para todos os bolsillos, existen sistemas sin mensualidades, existen sistemas con transmisión telefónica que no requieren cuota CRA y, con una visita de mantenimiento anual, cumple con la Ley se Seguridad Privada, teniendo un sistema instalado por profesionales. Si es que no quiere usted duros a cuatro pesetas claro...
  • Jhon  - Desde hoy la ley ampara a los instaladores que no
    Le pese a quién le pese es así. Pasaos por aquí si queréis saber más.

    http://www.ttcs.es/foros.php
  • Pablo  - que se homologuen, que no cuesta tanto...¿?
    yo estoy interesado en homologarme...y no sé realmente cuanto cuesta
  • Joan  - LEY OMNIBUS Y SISTEMAS VIDEOVIGILANCIA
    Esta Ley induce a confusión y afecta sólamente al 5% de las instalaciones. El otro 95% tiene instalados sistemas de CRA (tipo Securitas Direct o Prosegur) y los sistemas de videovigilancia se consideran un elemento de seguridad accesorio del sistema de alarma POR LO TANTO DEB SEGUIR SIENDO INSTALADO EXCLUSIVAMENTE POR EMPRESAS DE SEGURIDAD HOMOLOGADAS. En cuanto al 5% que sólamente tienen sistema CCTV sin conexión, en el caso de contratar posteriormente un sistema de alarma quedarían ilegalizadas. Por otra parte, en caso de producirse un delito la prueba pericial no sería valida. Conclusión: Acudir siempre a empresas deseguridad homologadas y si sois instaladores "paralegales" hacer un pequeño esfuerzo y homologar vuestras empresas que no cuesta tanto.
  • Antonio  - O.K. por la ley Omnibus
    :lol: Hola a tod@s.

    Para "El Angelito bueno de Mário", las homolagaciones que mencionas de otros sectores las tienen las personas fisicas no las empresas como ocurre en el sector de seguridad, yo que tengo mas de 25 años de experiencia en instalaciones no tengo homologacion y cualquier "aprendiz" de securitas u otros estan perfectamente homologados ¿te parece normal.

    Para "Joan", el 5% que comentas es porque securitas y otros se encargan de decir a todo posible cliente que es obligatoria la conexion con CRA de todas las instalaciones, si los clientes supieran que no es obligatoria la conexion con CRA, hablariamos de muchisimo mas de un 5%.

    Las empresas homologadas como securitas y otros, tienen como verdadero negocio la cuota mensual de 15-40€"/mes, la seguridad como tal les importa muy poco e intalan 2 volumetricos en un chalet de 3 plantas y se quedan tan agusto, pero claro su negocio es la cuota no la seguridad.
    Un procentage altisimo de instalaciones tipo securitas son totalmente invalidas desde el punto de vista de la seguridad, paro eso si estan homologadas.

    Saludos para tod@s.
  • El angelito bueno de Antonio
    Que las homologaciones de incendio, telecomunicaciones, baja/media tensión, etc... las tienen personas y no empresas??? Te estás quedando conmigo??? Tu has oido campanas y no sabes donde, que no hablamos de instaladores autorizados con cursillo CEAC!!!

    Me parece estupendo tu caso personal de 25 años de experiencia, seguramente no tengas problemas para encontrar trabajo en empresas de instalación y mantenimiento con toda la parafernalia legal que hay detrás de ellas.

    Esto no tiene nada que ver con la formación de los técnicos sino con la responsabilidad de la empresa y los requisitos mínimos que esta debe tener para garantizar la instalación. Si una empresa como Securitas quiere poner a instalar a alguien con 20 horas de curso es su problema, así les va... Por el contrario, las empresas serias de instalaciones nos preocupamos en formar a nuestros técnicos, todo bajo una legislación de seguridad privada y con garantías. Ahora se lo han cargado y todo el mundo instala, pero lo normal no será encontrar a alguien con 25 años de experiencia sino a un manitas que se leyó anoche el manual... quién no acuda a empresas homologadas que luego no se queje!!!

    Por lo demás que le has dicho a Joan, muy de acuerdo con sus palabras. Que le exijan un proyecto de seguridad firmados por técnicos titulados, aunque sea para un pequeño negocio de 3 sensores en 40 metros cuadrados, para que veas cómo se acaba el problema...

    Saludos.
  • Antonio  - O.K. por la ley omnibus
    :lol: Hola a tod@s.

    !! "angelito bueno" las campanas que oigo normalmenta ademas las veo, tengo un vecino que es autonomo y tiene carnet de instalador de gas el cual le permite hacer y mantener instalacionas de gas, tengo varios conocidos y/o amigos autonomos que tienen carnet de instalador electricista el cual les permite hacer y mantener instalaciones de electricidad aunque ultimamente solo pueden firmar dictamenes para locales de xx m2 y viviendas(los "autorizados" son ellos).

    Yo estoy radilcalmente en contra de los "manitas", "chapuceros" y demas, en todos los gremios, paro en mi caso y con la antigua ley de seguridad pribada y a pesar de mi larga y demostrable experiencia no podia trabajar como automo (legalmente) ni siquiera para empresas de seguridad, ¿es menos importante o responsable un instalador electricista o de gas que un instalador de seguridad, ¿ como se puede medir si es mas importante el daño que puede causar un mal instalador de seguridad o un istalador de gas o electricidad.

    Como conductor de mi furgoneta estoy obligado a sacarme un carnet y a tener un seguro por si meto la pata, creo que para trabajar como autonomo y legalmente en seguridad habria sido mas que suficiente con un seguro obligatorio y un carnet de instalador.

    Por lo que veo solo te importa la responsabilidad de la empresa ante la instalacion y no si el instalador esta o no preparado para hacer bien su trabajo.

    Lo dicho, la antigua ley que hicieron a su medida los """grandes""" de la seguridad para quedarse con practicamente toda la tarta, afortunadamente (para mi y otros como yo) termina.

    Saludos para tod@s.
  • Anónimo
    Vamos a ver Antonio, esas homologaciones/autorizaciones las pueden tener tanto personas (autónomos) como empresas, no como dijiste tu mismo en un primer momento, y te cito: 'las homolagaciones que mencionas de otros sectores las tienen las personas fisicas no las empresas como ocurre en el sector de seguridad'.

    Y termino, por que vuelves a estar equivocado en lo de que no podías trabajar como autónomo antes de la Ley Omnibus... solo tenías que homologarte. Antes de la ley habían mcuhas personas (autónomos) que tenían (tienen) la homologación de instalador y mantenedor de sistemas de seguridad, pásate por la lista de esta web y verás varios nombres propios en lugar de empresas. Si ellos pudieron tu también podías haberte homologado... así que no me valen tus argumentos.

    Lo que me importa es que detrás de cualquier instalador haya responsables y que se cumplan unos mínimos legales, sepa o no hacer su trabajo... como ocurre en otros sectores. Y nunca he trabajado en una grande, que me echo a reir cuando leo los porcentajes que dicen por aquí. Todos se deben pensar que el 90 % de las instalaciones son de Securitas y Prosegur, y no llegan ni al 50%.

    Lo dicho, enhorabuena por la puerta que se te ha abierto... pero tal como entras tú entrarán 9 chapuzas contigo.
  • Antonio  - O.K. por la ley omnibus
    :lol: Hola a tod@s.

    ! "anonimo" yo tambien quiero que se cumplan unos minimos legales, que se tenga responsabilidad ante la instalacion y ademas que se sepa hacer el trabajo por el cual el cliente te paga.

    Ni puedo ni quiero evitar que entren por ese puerta 9 chapuzas conmigo, en un mercado libre el cliente es quien "selecciona" al profesional o al chapuza, pero mas CHAPUZAS "homologados" que tienen empresas como securitas y otras dudo que entren por la citada puerta.

    Confio tanto en mi forma profesional de trabajar que esos 9 chapuzas haran (con el tiempo) que tenga mas trabajo.

    Lo dicho, legalidad, responsabilidad y buen hacer.

    Saludos para tod@s.
  • Joan  - INSTALACIONES DE VIDEOVIGILANCIA SOLO EMPRESAS HOM
    Unos datos:

    -De las más de 3000 empresas de seguridad homologadas y sometidas a la inspección y control por parte del Ministerio del Interior (DGP/SEGURIDAD PRIADA, el 90% son PYMES y autónomos.

    -Los importadores y distribuidores de sistemas de seguridad han difundido de forma instencionada (para vender más producto) la idea de que desde la Ley Ómnibus cualquiera puede instalar sistemas de seguridad y videovigilancia sin ser una empresa habilitada de seguridad cuando no es así en absoluto.

    - El ministerio del Interior y la DGP están procediendo a la actualización de la Ley y Reglamento de Seguridad Privada con las modificaciones que la Ley Ómnibus implica, en unos 2/3 meses se publicará en el BOE. Se van a clarificar los temas de CRA y qué se consideran sistemas de seguridad integrados o autónomos (con lo cual no sólamente se mantendrá la filosofía anterior a la L.Ómnibus sino que se endurecerá el régimen de requisitos y sanciones para los instaladores).

    -Las empresas de seguridad homologadas siguen siendo las únicas que por Ley tienen la obligación y responsabilidad de cumplir todas las leyes que resultan de aplicación referidas a la instalación de sistemas de seguridad (no sólamente la LOPD), incluídas el deber de secreto y custodia de los proyectos emdiante medidas físicas, responsabilidad sobre defectos administrativos, técnicos y documentales de las instalaciones, etc.

    -En el caso de comisión de un ilícito penal que ha sido grabado por un sistema de videovigilancia, la evidencia electrónica que conforma la grabación queda legitimada por la Ley de Seguridad Privada. Cuando se trata de otro tipo de instaladores, las pruebas son rechazadas fácilmente por los jueces ante cualquier mínima duda de legitimación.

    -El responsable ante la Ley de las instalaciones NO realizadas por empresas de seguridad homologadas es el usuario final siempre. Las empresas de seguridad homologadas tienen la obligación, por Ley, de suscribir un contrato de responsabilidad civil sobre las instaalciones de elevada cuantía y además deben depositar un aval para responder de las posibles sanciones.

    -La AGPD NO TIENE POTESTAD LEGISLATIVA, sólamente debe velar por los derechos de los ciudadanos e imponer sanciones a los que incumplan la LOPD. Hasta que no se publique la nueva reglamentación de seguridad privada con la normativa respecto a los sistemas de seguridad (incluída la videovigilancia), no se puede afirmar que cualquier "prestador de servicios" desde ahora tiene capacidad legal para realizar este tipo de instalaciones.

    - La Ley de Seguridad Privada expresa claramente que una empresa de seguridad homologada sólamente puede subcontratar a otra empresa de seguridad homologada. Se trata del concepto de RESPONSABILIDAD sobre las instalaciones que recae en la empresa. Si fuera de lo habitual, una empresa homologada decide utilizar personal no cualificado para sus instalaciones, las consecuencias en caso de incidencias técnicas o legales recaerán siempre sobre la empresa.

    Conclusión: ACUDIR SIEMPRE A EMPRESAS DE SEGURIDAD HOMOLOGADAS POR EL MINSTERIO DEL INTERIOR PARA NO TENER PROBLEMAS EN CASO DE INCIDENCIAS. HAY UNA ENORME VARIEDAD DE EMPRESAS, PRESUPUESTOS Y SERVICIOS COMO EN TODO COLECTIVO NUMEROSO. A RAIZ DE LA LEY OMNIBUS SE VA A PONER MÁS ËNFASIS EN LA DETECCIÓN Y DENUNCIA DE INSTALADORES "PIRATA" EN BENEFICIO DE LOS USUARIOS FINALES Y DEL PROPIO SECTOR.
  • ivan  - piratas??? no tienen ni idea.
    buenos dias.

    ayer precisamente y ya que estamos con el tema de omnibus, fui a visitar a un cliente que esta montando una sala de juejos con maquinas recreativas y ruleta electronica. Pues bien cuando voy a hablar con este señor me comenta que su "amigo" que tiene una empresa de informatica le va a instalar tanto las camaras como el sistema de alarma.

    y digo yo, como va a instalar un sistema de alarma y un cctv en un salon de juegos si la normativa aun vigente exige que sea una empresa de seguridad homologada quien lo haga.

    imaginemos que este cliente por desconocimiento lo hace, que ocurre cuando le inspeccionen el local para autorizar la apertura???? por supuesto no se lo van a aceptar, y quien va a pagar el pato???? por supuesto el cliente ya que dudo que le informatico le devuelva el importe de la instalacion de la alarma y el cctv que se compone de 8 camaras, por no decir que lo que queria instalar este señor y aseguraba que era suficiente eran solo dos volumetricos, uno en cada puerta y una sirena exterior, valiente burrada.

    yo le diria a este informatico que se lea bien la ley y que antes de ofrecer y ENGAÑAR vea si puede o no hacerlo y al menos que sepa que una sirena exterior no se puede instalar en nucleo residencial si no hay conexion a CRA y aun asi, depende de las circunstancias y el material para poder hacerlo, esto lo sabe cualquier instalador con dos dias en la calle. eso por no hablar de las camaras ip esas de coña que instalan, ¿saben que es la marca de agua? por lo menos.

    asi que seamos ordenados y cada uno a su terreno.
  • jose  - Empresas informatica, CANAL SATELITE y electricist
    Aunque existen ciertos profesionales que por problemas de homologación no pueden realizar instalaciones homologadas
  • Angel (Inst. Homolog)  - Problemas
    Despues de leer todos los comentarios, me gustaria que vierais las cosas desde el punto de vista de una empresa de telecomunicaciones que se dio de alta como empresa instaladora de sistemas de seguridad. Por hacer las cosas bien, pero tarde ya que despues de mucho luchar nos dieron la homologacion al empezar la crisis. Como sabrán los que estan homologados, las empresas de seguridad solo pueden facturar cosas de seguridad, lo que ha nosotros nos está cubriendo de gloria ya que debes mantener dos empresas, teleco y seguridad. Tal y como esta el trabajo creo que os podeis hacer una idea. :confused: Todo el mundo monta todo, los precios por los suelos y tu ya puedes explicar al cliente que lo que estas haciendo es lo legal, el cliente va a la cantidad del final del presupuesto. Por mas que los quieras bajar, los gastos de la empresa de seguridad son mas que los de cualquier autonomo electricista o de teleco.

    Con esto quiero que se comprenda que esta ley ha venido a abrir el mercado y a cerrar empresas.

    Por cierto, se queempresas homologadas realizan todo tipo de trabajos (teleco y seguridad) ¿Como se compatibiliza eso (legalmente)?
  • Joan
    Tras la publicación en el BOE de las modificaciones del Reglamento de Seguridad Privada que ha provocado la Ley Ómnibus, esta actividad sigue estando restringida, en la mayoría de supuestos, a las Empresas de Seguridad Homologadas por el Ministerio del Interior (DGP). Algunas CCAA, como Cataluña, han legislado la actividad de forma más exahustiva, aclarando casuísticas y criterios de responsabilidad que se ponían en duda por las interpretaciones enfrentadas de la ley Ómnibus (DOGC del 7 de abril de 2010. Orden IRP/198/2010, de 29 de marzo). Os aconsejo consultar los foros especializados (http://www.ttcs.es/foros.php) y (http://www.samuelparra.com/2010/01/07/proteccion-de-datos-videovigila ncia-y-ley-omnibus/) donde os podéis hacer una idea de hacia dónde se dirige el sector y cómo queda el asunto.
    CONCLUSION: CONTRATAR SIEMPRE EMPRESAS DE SEGURIDAD HOMOLOGADAS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA EVITAR PROBLEMAS.
  • Mário
    Hay que adaptarse a las nuevas Reglas y no Engañar a los lectores con Fantasmas de que la Ley se va a Cambiar de nuevo en poco tiempo, o que en determinadas Comunidades Autónomas La Ley Ómnibus no se aplica por contra-legislaciones Autonómicas. Eso es Mentira, La Ley es para todos, sin cualquier discriminación. Si así fuera, iba contra las Leyes Comunitarias Actuales que regulan la competencia.

    Un Atento Saludo a Todos.
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